31 Octubre 2022 por FEUSO | Atención a la discapacidad. La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha emitido sentencia por la demanda por conflicto colectivo para reclamar la aplicación del Art. 32.1 del Convenio Colectivo de Atención a las Personas con Discapacidad. (*1). Desde FEUSO consideramos que esta sentencia no aporta nada a lo
Una persona con una discapacidad, en su puesto de trabajo. centros especiales de empleo incluidos en el ámbito del XV Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas
UGT Servicios Públicos Madrid y CC.OO. han convocado una concentración este lunes a la sede de AEDIS (Asociación Empresarial Para la Discapacidad) para reclamar el XVI Convenio de Centros y Atención a Personas con Discapacidad.
3. Las Administraciones públicas y los servicios de uso público que dispongan de planes de formación para el personal de atención al público incluirán la formación relativa a la atención a las personas con discapacidad y la utilización de los productos de apoyo que tengan disponibles. Artículo 28. Servicios postales.
1. Entrada en vigor y duración. 1.1. Ámbito funcional. El presente Convenio regula las condiciones de trabajo entre las empresas y las personas trabajadoras de los centros de trabajo, de titularidad privada, y de los servicios de atención a personas con discapacidad que tienen por objeto la atención, diagnóstico, rehabilitación, formación, educación, promoción e integración laboral
Discapacidad – Diversidad funcional. El sector de la discapacidad-diversidad funciona l representa toda una serie de servicios donde personas trabajadoras atienden a personas con discapacidad física, intelectual, sensorial y enfermedad mental. Servicios que van desde: escuelas, centros de atención diurna, residencias… entre otros.
construidos de forma que las personas con discapacidad puedan utilizarlos, acceder a ellos o alcanzarlos. Artículo 10 Derecho a la vida – Los Estados Partes deben adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el goce efectivo de ese derecho por las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás.
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